RECOMENDACIONES DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES ANTE LA PANDEMIA DEL COVID-19.
20 de marzo de 2020
COMUNICADO DE LA COMISIÓN DE OBRAS SOCIALES Y PREPAGAS.
20 de marzo de 2020
RECOMENDACIONES DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES ANTE LA PANDEMIA DEL COVID-19.
20 de marzo de 2020
COMUNICADO DE LA COMISIÓN DE OBRAS SOCIALES Y PREPAGAS.
20 de marzo de 2020

San Carlos de Bariloche, 20 de marzo de 2020.

Estimadas/os Colegas:

Atento al Decreto de Necesidad y Urgencia (DECNU-2020-297-APN-PTE) del día de ayer, donde se resuelve el «aislamiento social preventivo y obligatorio» para todas y todos los argentinos y;

Teniendo en cuenta el informe de la Dirección Nacional de Salud Mental N° IF-2020-18134102-APN-DNSMA#MS sobre Recomendaciones para la asistencia y continuidad de la atención ambulatoria en salud mental durante la pandemia COVID -19 y;

Dada la emergencia sanitaria, y por ende la imposibilidad de llevar adelante la atención psicológica en forma presencial ya sea ambulatoria, a domicilio o en consultorio;

La Comisión Directiva del Colegio de Psicólogos Zona Andina hace llegar a todas y todos los profesionales de la psicología, la recomendación de utilizar aquellos medios de comunicación electrónicos que hagan posible dar continuidad a los tratamientos psicológicos que venían llevando en forma presencial.

A continuación, se detallan algunas consideraciones a tener en cuenta sobre la modalidad de atención psicológica en forma remota:

  • La atención psicológica ejercida vía telefónica o por video llamada, es considerada una práctica válida teniendo en cuenta lo excepcional y transitorio de la misma.
  • Se entiende que el ejercicio profesional de la psicología realizado en forma remota o a distancia, solo es competencia de los licenciados en psicología o psicólogos o psicólogas.
  • Se puede ejercer la modalidad de atención psicológica a distancia únicamente si se tiene la competencia para ejercer dicho servicio en  modalidad presencial.
  • Es fundamental contar con las herramientas tecnológicas que permitan dar continuidad a tratamientos iniciados con anterioridad cuando no es posible continuar de manera presencial.
  • La atención psicológica a distancia debe tener los mismos recaudos éticos de secreto profesional, confidencialidad y consentimiento informado del paciente. 
  • El profesional debe contemplar una modalidad que resguarde la privacidad del paciente y no estar sujeto a interrupciones mientras dure la comunicación.
  • Una vez superada la imposibilidad de llevar adelante la atención en forma presencial, es recomendable volver a la modalidad con la que se venía trabajando.

Saludamos atentamente.

Comisión Directiva.

Colegio de Psicólogos Zona Andina.