Aumento del bono compensatorio para prestadores del CPZA
26 de diciembre de 2023
Pronunciamiento de la CC de Salud Mental DDHH y Generos 
2 de enero de 2024
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Novedades

           Adherimos al pronunciamiento de FEPRA

 

San Carlos de Bariloche, 28 diciembre de 2023.

 

Estimadas/os Colegas:

 

Cómo Colegio Profesional adherimos al pronunciamiento de nuestra Federación de Psicólogas y Psicólogos de la República Argentina respecto del proyecto de ley omnibus que intenta modificar la ley de Salud Mental Nacional N° 26.657.
 
⚠️ | Proyecto de ley “ómnibus”: grave retroceso para la salud mental de la población. Modificación de la ley Nacional de Salud Mental 26657.
 
El Proyecto de Ley “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, propuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, en sus artículos 618 a 623 introduce modificaciones a la Ley Nacional de Salud Mental 26657.
 
Desde hace 13 años venimos reclamando la plena implementación de la ley de Salud Mental, en defensa de los derechos de las personas con padecimiento subjetivo.
 
El proyecto de ley del Ejecutivo Nacional modifica aspectos centrales de su articulado, admitiendo la creación de nuevos dispositivos monovalentes, rompiendo el espíritu de la ley, espíritu centrado en la desmanicomialización y en la atención de las problemáticas de salud mental en hospitales generales, con eje en dispositivos sustitutivos de los monovalentes y en la inserción comunitaria.
 
Las modificaciones introducidas amplían la posibilidad de internaciones involuntarias y faculta a jueces y abogadxs para intervenir en internaciones y altas de pacientes, relegando la evaluación por parte de equipos interdisciplinarios a un segundo plano. Se retrocede nuevamente a un modelo tutelar.
 
Nos preguntamos cuál es la urgencia de esta modificación, a qué sectores de poder favorece el sostén y creación de nuevos dispositivos monovalentes. Sin dudas, la modificación no beneficia a aquellas personas con padecimiento subjetivo, cuyos derechos están garantizados en la letra de una ley construida por consenso y con la participación de usuarixs, como es la ley 26657 en su texto y reglamentación original.