SE LOGRÓ AUMENTO DEL 9% EN LOS HONORARIOS DE GALENO VIGENCIA AGOSTO 2021
13 de septiembre de 2021CURSO DE LA EFBA: CLÍNICA EN LA INFANCIA ¿QUÉ LUGAR PARA EL JUEGO HOY? 20% DESC A COLEGIADOS
14 de septiembre de 2021Inicio: Miércoles 29/9 y 6/10
Horario: De 19:30 a 21:00 hs
Modalidad: Virtual
Docentes a cargo: Claudia Susana Pérez MP- 2118 / Ailin Namiot MP- 2022
Plataforma: Zoom
https://us02web.zoom.us/j/81978849804?pwd=TFpjMzk4Y1VnVzVlc2IxZkRsOE1zdz09
Meeting ID: 819 7884 9804
Passcode: 516379
El Colegio de Psicólogos y Psicólogas de la Zona Andina a través de su Secretaría Científica continúa fomentando actividades de formación y actualización profesional haciendo énfasis en la diversidad de ámbitos donde se desarrollan nuestras prácticas, facilitando así la inserción y el desarrollo laboral de las y los colegas.
Los objetivos de estas Jornadas sobre «LAS IMPLICANCIAS DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO Y EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL EN EL CAMPO DE LA PSICOLOGÍA” son:
- Profundizar el conocimiento de la Educación Sexual Integral (ESI) y sus implicancias en el ámbito educativo y comunitario.
- Abordar la concepción integral de la sexualidad considerando los aspectos biológicos, psicológicos y sociales que la conforman en el contexto sociohistórico actual.
- Reflexionar sobre la perspectiva de género como categoría analítica en el marco del desarrollo profesional.
- Interpelar las propias historias de vida, construidas en el marco del patriarcado, y su influencia en la vida cotidiana y en los ámbitos profesionales y laborales en los/as que se desempeñan.
- Conocer las leyes vigentes en Argentina que protegen los derechos de los niños y niñas, adolescentes y adultos/as.
- Acompañar la implementación de la ESI, garantizando el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
- Promover la despatologización de las diferencias, favoreciendo una mirada inclusiva.
En el marco de una serie de leyes que buscan ampliar derechos, en el año 2006, se sancionó la Ley Nº 26.150 de Educación Sexual Integral (de acá en adelante ESI), que plantea en su Artículo 1° que “todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en todos los establecimientos públicos, de gestión pública y privada de las jurisdicciones nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales. A los efectos de esta Ley, entiéndase por Educación Sexual Integral aquella que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos”.
Siguiendo esta línea, la Ley N° 26.206 de Educación Nacional (2006), plantea en el cap. 2 inc. c) “Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos,[…]” garantizar la inclusión educativa, respetar las diferencias, sin discriminación de género ni otra y respetando los derechos de los niños y niñas y adolescentes establecidos en la Ley N° 26.061 (2005) de Protección Integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes.”
Secretaría Científica.
Colegio de Psicólogos y Psicólogas de la Zona Andina