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PRONUNCIAMIENTO DEL COLEGIO SOBRE LA RESOLUCIÓN Nº 1254 QUE RECORTA LAS ACTIVIDADES RESERVADAS AL TÍTULO DE PSICÓLOGO.

URGENTE: PRÓXIMA REUNIÓN EL JUEVES 14 DE JUNIO A LAS 19:30 EN LA SEDE DEL COLEGIO.

 

San Carlos de Bariloche, 8 de Junio de 2018.

El lunes 28 de mayo pasado se llevó a cabo la Reunión de Comisión Directiva Ampliada, con la participación de al menos 30 colegiados que concurrieron a la sede del colegio, con el  fin de debatir sobre la nueva resolución del Ministerio de Educación que restringe de 16 a 5 las actividades reservadas al Titulo de Psicólogo, y poder acordar un plan de acción a seguir.

En esta reunión ampliada de Comisión Directiva, nuestras Asesoras Letradas, representadas en esa ocasión por la Dra. María Olmedo explicó a todos los colegiados presentes, los diferentes conceptos a tener en cuenta al momento de evaluar la nueva resolución (Ver Anexo).

La Presidenta del Colegio informó a su vez, sobre lo resuelto en la reunión de FEPRA, de la que participara personalmente el viernes 25 de mayo pasado en Buenos Aires. Además, informó que el próximo 30 de junio asistirá junto con los otros 4 colegios de la provincia de Rio Negro, a la Asamblea Extraordinaria convocada por FEPRA, para llevar nuestra posición respecto a la nueva resolución.

Con el asesoramiento de la letrada de nuestro colegio y con la participación de casi 30 colegiados se votó por amplia mayoría lo siguiente:

  • Manifestar nuestro más enérgico rechazo a la Resolución Nº1254 del Ministerio de Educación de la Nación porque el procedimiento que se llevó a cabo para modificar las actividades reservadas de todas las carreras comprendidas en el artículo 43 de la Ley de Educación Superior no dio lugar a la participación de las asociaciones académicas y profesionales, particularmente en lo que respecta a la carrera de Psicología; y porque además, las actividades reservadas aprobadas en la nueva resolución son restrictivas de las anteriores.

  • Solicitar al Ministerio de Educación de la Nación se abstenga de hacer valer dicha resolución de manera inmediata y que se convoque a la AUAPsi y a todos los actores involucrados a un nuevo análisis disciplinar en base a las 16 actividades reservadas a los títulos de la carrera de licenciatura en Psicología.

  • Convocar a todos las/os psicólogos del país a defender las actividades reservadas y las incumbencias de la profesión.

  • Que se impone la necesidad urgente, por parte del Colegio de Psicólogos de la Zona Andina y de sus Colegiados, de estudiar y analizar lo que implica y las consecuencias que tiene esta nueva resolución sobre las actividades reservadas del psicólogo.

A este fin, se concluyó que sería fundamental:

  • Pensar argumentos sólidos defendiendo la presencia del psicólogo en algunas incumbencias fundamentales para la salud de la sociedad.

  • La importancia de eliminar ambigüedades y no dejar cosas a la libre interpretación como se evidencian en la nueva resolución.

  • La importancia de trabajar el entrecruzamiento de esta nueva resolución con la ley de salud mental, la ley de ejercicio profesional, el código de ética, entre otros documentos fundamentales.

  • Convocar a una nueva reunión para que los colegiados puedan seguir trabajando en el tema y que nuestra presidenta concurra a la reunión de FEPRA en Buenos Aires con una postura fundada y que represente a la mayoría de los colegiados.

  • Frente a la necesidad de interiorizarse en el tema y el compromiso expresado por los colegiados de trabajar sobre esta situación coyuntural, es que la Comisión Directiva invita a los colegiados a conformar la Nueva Comisión de Revisión de Documentos.

Para una mejor comprensión del tema, ya se encuentran a disposición del colegiado las resoluciones y anexos mencionados así como todas las leyes de incumbencia profesional. Pueden ingresar a la sección “Legislación” de la Página Web del Colegio.

Se hace hincapié en la importancia que cada colegiado pueda leer y producir al respecto y llevar algo por escrito a la próxima reunión.

Se convoca a una nueva Reunión para el JUEVES 14 DE JUNIO A LAS 19:30HS en la sede del Colegio para seguir trabajando juntos.

Comisión Directiva.

Colegio de Psicólogos de la Zona Andina.

 

ANEXO (SOBRE LA REUNIÓN DEL 28 DE MAYO DE 2018)

 

“DE LO TRABAJADO EN EL COLEGIO DE PSICOLOGOS DE LA ZONA ANDINA SOBRE LA NUEVA RESOLUCION Nº 1254 DEL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION QUE RESTRINGE LAS ACTIVIDADES RESERVADAS AL TITULO DE PSICOLOGO”

 En esta reunión ampliada de Comisión Directiva, nuestras Asesoras Letradas, representadas en esa ocasión por la Dra. María Olmedo explicó a todos los colegiados los diferentes conceptos a tener en cuenta al momento de evaluar la nueva resolución:

  • la diferenciación que fija la Ley Nº 24.521 de Educación Superior respecto de los títulos que puedan comprometer el interés público en tanto algunas de las actividades a las que habilitan generen riesgo de modo directo a la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, de aquellos que no; que las  carreras que incluyen actividades de riesgo deben: respetar la carga horaria mínima, cumplir con los contenidos mínimos exigidos, la intensidad y condiciones de la formación práctica y las actividades reservadas;

  • que el art. 43 de la Ley de Educación Superior comprende a la carrera de Psicología entre las carreras o titulaciones “Cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público…”;

  • que la Ley Nº 24.521 de Educación Superior diferencia entre: Alcances del Título Universitario(conjunto de actividades para las que habilita la posesión de un título especifico,  la Universidad que otorga el título define sus alcances) y Actividades Reservadas (subconjunto limitado dentro del total de los alcances del título, son intervenciones profesionales que pueden comprometer un bien público, implicar riesgo o pueden afectar de manera directa a las personas, indican aquello que  amerita tutela publica por su riesgo potencial. El hecho que sean actividades reservadas no significa que un solo título tenga “exclusividad” ya que pueden ser compartidas por varios títulos.  Son aprobadas por el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo de Universidades);

  • Que el anexo XXXIII de la resolución ministerial Nro. 1254/2018 modifica y reduce a 5 las Actividades Reservadas que enumeraba la resolución Nro. 343/2009; que a su vez pareciera abarcar de modo global y amplio a algunas de las Actividades Reservadas enumeradas y detalladas de modo más especifico en la resolución modificada. Que claramente extrae de dicha enumeración ciertas actividades que eran reservadas al título de psicólogo, actividades como:

    1. realizar indicaciones psicoterapéuticas de internación y externación de personas.

    2. indicar licencias y/o justificar ausencias por causas psicológicas.

    3. las relativas al campo jurídico – forense, personas en conflicto con la ley, y víctimas de delitos e intervenir en los aspectos psicológicos de la problemática de minoridad.

    4. las relativas al área educacional y orientación vocacional y ocupacional, al área laboral y de seguridad e higiene,

    5. las relativas al área social – comunitaria.

    6. las relativas al área institucional.

    7. las relativas a programas de salud, educación, justicia, derechos humanos, desarrollo social.

    8. las relativas a servicios de instituciones públicas y privadas en las que se realicen prestaciones de salud y de salud mental.

    9. las relativas al asesoramiento en la elaboración de legislación relativas al área de psicología.

    10. las relativas a realizar estudios e investigaciones en las diferentes aéreas del quehacer disciplinar.

    11. las relativas a la participación en programas de formación y evaluación en las que se aborden actividades reservadas al título.

A continuación se detallan algunos links de notas (con distintas posiciones al respecto) que salieron durante los últimos días sobre la temática: